Contexto de las Mercancías Peligrosas


Por material peligroso entendemos toda sustancia o producto que durante su fabricación, manejo, transporte, almacenamiento o uso pueda generar o desprender vapores, humos, polvos, gases o fibras capaces de producir efectos infecciosos, irritantes, inflamables, explosivos, corrosivos, asfixiantes, tóxicos o de cualquier otra naturaleza peligrosa, o que pueda generar radiaciones ionizantes en cantidades o concentraciones que tengan alguna probabilidad de lesionar la salud de las personas que entren en contacto con ellas o que pueden causar daños irreversibles en el transporte, lugar de trabajo o al medio ambiente.

El transporte de estos materiales peligrosos, plantea ciertas exigencias y cumplimientos a los reexpedidores de carga, a las empresas que fabrican, exportan o distribuyen un producto final o insumo peligroso; así como a las autoridades que regulan y vigilan los aspectos que rodean a dicho transporte.

El problema a resolver radica en el riesgo que se genera al tener que trasladar por vía aérea, marítima o terrestre, determinados productos peligrosos y en el hecho de tener que garantizar una óptima seguridad durante dicho traslado tanto para la propia mercancía como para el transporte.




¿Sabes qué es el UN? Es el Número de identificación del material peligroso que consiste en un digito de 4 números que representan la identificación del material.

Este número se adoptó por parte del Comité de Expertos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en sus Recomendaciones relativas al Transporte de Mercancías Peligrosas, las cuales se encuentran en el conocido Libro Naranja que es editado por las Naciones Unidas.

Se presenta un listado de los materiales ordenados por orden alfabético con inclusión de su número UN (Naciones Unidas) para su correcta identificación. Este número de cuatro cifras asignado oficialmente a cada producto, figura en todas las Reglamentaciones nacionales e internacionales sobre el transporte de Mercancías Peligrosas, ya sea por vía terrestre, aérea, marítima o por ferrocarril.

El número de Mercancías Peligrosas a nivel mundial es muy elevado, por lo que el Comité de Expertos de las Naciones Unidas para el transporte de Mercancías Peligrosas mediante las "Recomendaciones para el Transporte de Mercancías Peligrosas", (Libro Naranja) cifra en unos 3 mil productos siendo los más importantes desde el punto de vista de su peligrosidad e importancia socio-económica, de su producción y de su transporte.




La Asociación de Transporte Aéreo Internacional (IATA) es la asociación comercial mundial de las líneas aéreas. Surge en La Habana, Cuba en el año 1945 y fue fundada por 57 miembros de 31 naciones en su mayoría de Europa y Norteamérica.

Fueron 57 miembros fundadores en 1945 y actualmente la IATA representa a unas 290 aerolíneas en 120 países. Con un 83 por ciento del tráfico aéreo mundial, los miembros de la IATA incluyen a las principales aerolíneas de pasajeros y carga del mundo.

La seguridad es la prioridad número uno para la IATA, su principal instrumento es el Operational Safety Audit (IOSA).

La Asociación del Transporte Aéreo Internacional (IATA) publica cada año la Regulación de Mercancías Peligrosas vía aérea.

www.iata.org




La Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), es una agencia de la Organización de las Naciones Unidas creada en 1944 por el Convenio sobre Aviación Civil Internacional para estudiar los problemas de la aviación civil internacional y promover los Reglamentos y Normas únicos en la aeronáutica mundial.

La misión de la (OACI)es lograr el desarrollo sostenible del sistema mundial de aviación civil y sirve como foro mundial de los Estados para la aviación civil internacional. La dirige un consejo permanente con sede en Montreal, Canadá

www.icao.int




La Organización Marítima Internacional (OMI) es el organismo especializado de las Naciones Unidas responsable de la seguridad y protección de la navegación que promueve la cooperación entre Estados y la industria de transporte marítimo para prevenir la contaminación marina por los buques.

Como organismo especializado de las Naciones Unidas, la OMI es la autoridad mundial encargada de establecer normas para la seguridad, la protección y el comportamiento ambiental que ha de observarse en el transporte marítimo internacional. Su función principal es establecer un marco normativo para el sector del transporte marítimo que sea justo y eficaz y que se adopte y aplique en el plano internacional.

El transporte marítimo internacional representa aproximadamente el 80 por ciento el transporte mundial de mercancías entre los pueblos y comunidades de todo el mundo.

La Organización Marítima Internacional (OMI) publica cada dos años el IMDG (Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas).

www.imo.org




Regulación de Estados Unidos (DOT) sobre Transporte Terrestre de Materiales Peligroso Código Federal de Regulaciones (CFR 49)

Este es uno de los cincuenta títulos que comprenden el Código de Regulaciones Federales (CFR) de los Estados Unidos de América. El Título 49 es el conjunto de Reglas y Regulaciones (a veces llamado Ley Administrativa ) emitido por los Departamentos de Transporte y Seguridad Nacional y Agencias Federales respecto al transporte vía terrestre en su país.




En México la Secretaría de Comunicación y Transporte (SCT) las Normas Oficinales Mexicanas, relativas al transporte de mercancías peligrosas vía terrestre. Asimismo, publica el Reglamento para el Transporte Terrestre de para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos.

www.sct.gob.mx




El RID

El RID es el Reglamento Internacional sobre el Transporte de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril. Se trata de un acuerdo suscrito por los países que forman la Unión Europea y que recoge las exigencias comunes para permitir el transporte de Mercancías Peligrosas a través de su red de ferrocarril. Fue creado en Berna en 1980.

El RID sigue un esquema similar al del Reglamento modelo anexo a las Recomendaciones relativas al transporte de mercancías peligrosas de Naciones Unidas, al del Código marítimo internacional de mercancías peligrosas (Código IMDG) de la Organización Marítima Internacional, al de las Instrucciones técnicas relativas a la seguridad del transporte aéreo de mercancías peligrosas de la Organización de la Aviación Civil internacional, además de estar perfectamente armonizado con el Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por carretera (ADR).




El ADR es el Acuerdo Europeo relativo al Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera.

Es un acuerdo de ámbito europeo suscrito por 32 países y que ha sido elaborado por la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa en Ginebra en el año 1957 mediante el cual la mayoría de los Estados de Europa han convenido reglas comunes para el transporte de mercancías peligrosas por carretera en su territorio y para el paso por las fronteras.

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